México dejó atrás el esquema voluntario de reporte energético. Desde el 30 de septiembre de 2026, las instalaciones que superan ciertos umbrales de consumo de energía están obligadas a registrarse ante la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE), reportar sus datos con desglose mensual y certificar un sistema de gestión de la energía bajo ISO 50001.
La obligación quedó establecida en el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones administrativas de carácter general para el registro de las personas usuarias de patrón de alto consumo de energía y la implementación de Sistemas de Gestión de la Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación. Su objetivo es contar con información oficial sobre el consumo de energía del país y llevar a las instalaciones de mayor consumo a una gestión de la energía auditable y sancionable.
Quiénes quedan obligados
La norma alcanza a las instalaciones que, en el año calendario anterior, superaron al menos uno de estos umbrales:
- Electricidad: más de 45 GWh al año.
- Combustibles: más de 70.000 barriles equivalentes de petróleo al año, sin contar la energía usada exclusivamente en transporte.
Dos criterios definen el alcance. Basta con superar uno de los dos umbrales, no ambos. Además, la evaluación se hace instalación por instalación (cada planta, edificio o centro de trabajo) y no sobre el consumo consolidado de la empresa. Una compañía con varias instalaciones puede tener algunas obligadas y otras no.
Las instalaciones que cumplen esta condición adquieren la calidad de personas usuarias de patrón de alto consumo de energía, conocidas como UPAC.
Plazos establecidos por la norma
- Registro: de inmediato al identificar que se superó un umbral, o dentro de 15 días hábiles desde la notificación de la CONUEE.
- Reporte anual: entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de cada año. Incluye el consumo y la producción del año anterior desglosados por mes, las medidas de eficiencia y descarbonización aplicadas con sus resultados, y el estado de avance del sistema de gestión.
- Verificaciones: la CONUEE comenzará a verificar los sistemas de gestión en junio de 2027, con visitas presenciales y remotas.
- Certificación ISO 50001: las UPAC ya identificadas deben contar con su certificado, emitido por un organismo acreditado, a más tardar en enero de 2028. Las que se registren por primera vez tienen un año desde su registro.
Exigencias sobre los datos
El cambio de fondo está en la calidad de la información. La norma no acepta estimaciones anuales: los registros de consumo y de producción deben llevarse de forma continua, con periodicidad mensual, durante todo el año.
El sistema de gestión, además, debe cubrir al menos el 80 % del consumo total de cada instalación, con metas definidas a partir de una revisión energética de no más de tres años, indicadores de desempeño energético y un responsable técnico designado. La medición interna de los usos que forman ese 80 % es responsabilidad de cada empresa, no del suministrador de electricidad ni del distribuidor de combustibles.
La gestión de la energía deja de ser una declaración y pasa a ser un dato mensual que la autoridad puede contrastar.
Ojo aquí: lo reportado no queda solo en manos de la empresa. La CONUEE cruzará esa información con la que entregan los suministradores y comercializadores de electricidad, gas y combustibles. No registrarse, no reportar o entregar datos falsos o incompletos se sanciona con multas de 100 a 1.000 UMA, que se duplican en caso de reincidencia.
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Una tendencia regional
México se suma a una dirección que ya tomaron Europa y Chile. Europa, con su Directiva de Eficiencia Energética, exige auditorías y sistemas de gestión. Chile, con la Ley 21.305, obliga a las empresas con mayor consumo de energía a implementar un sistema de gestión y reportar sus resultados cada año. En ambos casos el foco pasó de las declaraciones de buenas intenciones a resultados que se puedan demostrar y trazar.
Con esta norma, la industria mexicana queda en el mismo nivel de exigencia, y es probable que otros países de la región sigan el mismo camino.
Pasos para evaluar la obligación
El primer paso es verificar el umbral instalación por instalación. Para la electricidad, se suman los doce meses de facturas del año anterior de cada sitio. Para los combustibles, se suman todos los consumos térmicos (gas natural, gas LP, diésel, combustóleo) y se convierten a barriles equivalentes de petróleo con los factores oficiales de la CONUEE.
El segundo es definir el alcance del 80 %. Con el balance energético completo de la instalación, se identifican los usos significativos de energía (calderas, aire comprimido, refrigeración, hornos o líneas principales de producción) y se agrupan hasta cubrir al menos el 80 % del consumo. Dejar fuera los consumos menores y dispersos evita encarecer la gestión sin agregar ahorro. Conviene, además, asegurarse desde el inicio de que los usos incluidos tengan medición y registros mensuales que se puedan auditar.
Fuente: Diario Oficial de la Federación, 30 de septiembre de 2026
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